RÉGIMEN FISCAL DE LOS DONATIVOS A LAS PARROQUIASLa Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades introdujo en la Disposición Final Quinta una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 en cuanto a los porcentajes de deducción de los donativos a entidades sin fines lucrativos de acuerdo con el siguiente cuadro:

DONATIVOS RECIBIDOS DURANTE EL AÑO 2019 Y SIGUIENTESEjemplo: Si realizamos en 2019, un donativo de 1.000 €, el donante se deducirá en la declaración de renta de 2019 (que se presenta en 2020) esa cantidad, y Hacienda le devolvería 112,50 € (75%) por los primeros 150 €; por los 850 € restantes, Hacienda le devolvería 255 € (30%). En total 367,50 €.
Ejemplo: Si realizamos un donativo de 1.000 € y hemos realizado donativos por esa misma cantidad en 2017 y 2018, se tendrá el derecho a deducir en la declaración de IRPF de 2019, esa cantidad y Hacienda le devolvería 112,50 € (75%) por los primeros 150 € y por los 850 € restantes, Hacienda devolvería 297,50 €. En total 410 €
Para las personas jurídicas el porcentaje general es del 35% y si es recurrente del 40%.
Ejemplo: Si una empresa dona 1.000 €, se deducirá en el Impuesto sobre Sociedades de 2019 esa cantidad y Hacienda le devolverá 350 € (35%). Si la empresa había realizado el mismo donativo en los ejercicios 2017 y 2018, Hacienda le devolvería 400 € (40%).
Cuando se habla de devolución, nos referimos al derecho de deducción; dependiendo de la declaración individual de cada persona física o jurídica que ese derecho a deducir se concrete en una devolución efectiva de Hacienda o se compense con cantidades a ingresar por el interesado. Existe un límite de deducción en la base liquidable hasta el 10% tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.
NOTA: De conformidad con la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, el donante presta su consentimiento expreso para la incorporación de sus datos a los ficheros, automatizados o no, de la Parroquia de San Juan y Todos los Santos – Trinidad – de Córdoba, con el fin de gestionar las donaciones efectuadas. Los datos del donante en ningún caso serán cedidos a otras entidades, pudiendo éste ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición por escrito al responsable del fichero en la calle Lope de Hoces , nº 1, 14003 Córdoba.